Primero: NIEGA la solicitud de tutela cautelar efectuada por la representación judicial de la parte actora Sociedad Mercantil INVERSIONES VOLGAN C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Séptimo del Distrito Capital, en fecha 17 de mayo de 2010, bajo el No. 15, Tomo 46-A MERCANTIL VII e inscrita en el Registro de Información fiscal (RIF) J-29912232-7., en el juicio que por cumplimiento de contra verbal de préstamo incoara en contra del ciudadano DOMINGO ENRIQUE GARCÍA LUCES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad No. V-10.337.871.
Segundo: Dada la naturaleza de la presente decisión no hay expresa condenatoria en costas.