Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones con Competencia en materia de delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Capital, impartiendo justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA parcialmente con Lugar el recurso de apelación interpuesto por los abogados William Gustavo Uribe y William Gustavo Uribe Regalado en sus carácter de Defensores Privados del ciudadano William Uribe, contra la decisión dictada en audiencia celebrada en fecha 09-03-2016, por el Juzgado Segundo en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del estado Vargas, mediante la cual acordó imponer a su representado la Medida de Protección y Seguridad prevista en el artículo 90 numeral 4 de la citada Ley.
SEGUNDO: Se decreta de oficio la NULIDAD ABSOLUTA de la decisión proferida en fecha 09-03-2016 por el Juzgado Segundo en Funciones de Control, Audiencia.....