PRIMERO: ABSUELVE a los ciudadanos JUAN VICENTE VIVAS RUIZ, de nacionalidad venezolana, natural de Valera ¿ Estado Trujillo, nacido en fecha 08-09-1986, de estado civil soltero, de profesión u oficio cocinero, titular de la cédula de identidad Nº V-23.239.174, residenciado en el Callejón Alí Primera, casa sin número, de bloques, cerca de la cancha de básquet, Parroquia La Vega; y JESÚS ORANGEL ARAQUE, de nacionalidad venezolana, natural de Mérida ¿ Estado Mérida, nacido en fecha 24-09-1986, de estado civil soltero, de profesión u oficio vigilante, titular de la cédula de identidad Nº V-18.932.990 y residenciado en Calle Zulia, Callejón Los Naranjos, casa sin número, de color verde, cerca de una cancha de básquet, Parroquia La Vega, por la comisión del delito de ASALTO A TAXI tipificado y penado en el artículo 357 del Código Penal, por la acusación formulada en su contra por la Fiscalía 69º del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con el artículo 366 .....