En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR el divorcio solicitado por los ciudadanos Blas Ramón González Hernández y Zulay Josefina Pérez Pérez, plenamente identificados en autos, declarándose por consiguiente DISUELTO el vínculo matrimonial contraído entre ellos el día 18 de abril del 1979, ante el Consejo Municipal de Atures, del estado Amazonas, del Libro de Registro Civil correspondiente al año 1979.
Ofíciese lo conducente al Consejo Municipal de Atures del estado Amazonas, al Registrador Principal del estado Amazonas, y al Consejo Nacional Electoral, a los fines legales consiguientes.
Liquídese la Comunidad Conyugal.