este Juzgado Vigésimo Séptimo (27°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de sustanciación, verificadas como han sido las facultades de la representación judicial de la parte oferente en la presente oferta de pago, las cuales se desprenden de copia instrumento poder autenticado consignado al folio 03 al 07 de autos, y por cuanto la referida transacción no vulnera los derechos del extrabajador le imparte la HOMOLOGACION DEL PAGO efectuado a la parte oferida por parte de la oferente, cuyo monto fue por UN MILLON TRESCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 1.350.000,00), de un monto inicialmente ofertado de Bs.141.006,97, por los conceptos laborales de Prestaciones Sociales incluyendo días adicionales, Días de Vacaciones Vencidas no Disfrutadas, Descansos y Feriados en Vacaciones Vencidas no Disfrutadas, Bonos Vacacionales Vencidos, Vacaciones Fraccionadas, Bono Vacaci.....