Dispositivo
Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Vigésimo (20º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: DECLARA LA INCOMPETENCIA por el Territorio de este Juzgado para conocer del presente procedimiento de Oferta Real de Pago, presentada por la entidad de trabajo Grunenthal Venezolana Farmacéutica, C.A. a favor del ciudadano César Augusto Mendoza Rodríguez, plenamente identificado en autos, y declara competente a los Tribunales de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas para conocer de la presente oferta real de pago. Segundo: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del caso.
Dando cumplimiento a lo establecido en las disposici.....