este Juzgado Trigésimo Sexto (36°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA en la demanda incoada por el ciudadano TULIO ANTONIO CONTRERAS MENDEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 17.755.555 contra la entidad de trabajo HALSECA ASESORES DE SEGURIDAD, C.A. Se ordena la notificación de la parte actora por cartelera del Tribunal, de conformidad con lo establecido en el articulo 174 del Código de procedimiento Civil (en virtud de no constar en el escrito Libelar dirección procesal alguna del actor) y una vez conste en auto la resulta correspondiente, y precluya el lapso de Ley para ejercer los recursos contra la presente decisión, se procederá al cierre y archivo del expediente.