III
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda de INTERDICTO RESTITUTORIO O DE DESPOJO presentada por la abogada GIZEH MARIA RODRIGUEZ DE HANNA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 142.042, actuando en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos FRANCISCO JAIME RODRIGUEZ SEMINARIO, RICARDO JOSE RODRIGUEZ SEMINARIO y GUILLERMO ENRIQUE RODRIGUEZ SEMINARIO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números: V-9.879.020, V-7.299.806 y V-10.338.738, respectivamente, incoada en contra del ciudadano JESUS NOEL CHACON ESCALANTE, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 615.118.
SEGUNDO: No hay especial condenatoria en co.....