Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la Demanda incoada por la ciudadana GERALDINE ANN FERREIRA MONIZ contra la Sociedad Mercantil CAFEE PIU, C.A. SEGUNDO: CON LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD alegada por la parte demandada con relación al ciudadano GIAN FRANCO MISCIAGNA MITACCHIONE. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión. CUARTO: El lapso para interponer los recursos que consideren las partes comenzará transcurrir al día hábil siguiente al de hoy exclusive.