se Admite dicha solicitud. A tal efecto se ordena notificar a la Fiscalía de Turno del Ministerio Público en Materia de Familia, anexándole copia certificada de la solicitud y de la documentación acompañada a la misma, según lo expresado en el artículo 131, ordinal 3° ejusdem, en concordancia con el artículo 42, ordinal 20° de Ley Orgánica del Ministerio Público, así mismo se ordena oficiar a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX), para que informe sobre el movimiento migratoria y el ultimo domicilio, de la ciudadana Clara Alicia Ramírez, de nacionalidad Colombiana, y titular de cedula de identidad N° 31.916.436 , librese el correspondiente oficio.-