Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero (3°) Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por expresa autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por la abogada MARIA CAROLINA SEIJAS inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 102.447, en su carácter de Apoderada Judicial de la empresa INDUSTRAS RRC, C. A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 20 de abril de 1997, bajo el No. 40, tomo 214-A, contra el Acto Administrativo contentivo de la Certificación No. 0532-2012, dictada por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), a través de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda (DIRESAT-MIRANDA), de fecha 20 de ag.....