Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Noveno (9°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO de la apelación presentado en fecha 04 de marzo de 2022, por la abogada: MARIANA TORO RAMÍREZ, inscrita en el Inprebogado bajo el N° 219.408, apoderada judicial de la Sociedad Mercantil: EUROBUILDING INTERNACIONAL, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Quinto del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 05 de mayo de 1978, bajo el Nº 67, Tomo 19-A Pro., en la demanda CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD, presentado por el ciudadano: ORLANDO RAFAEL PARAGUACUTO, venezolano, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V.-9.283.931, contra el ACTO ADMINISTRATIVO de efectos particulares, contenido en la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 228/18, tramitada e.....