´Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, CONCEDE FUERZA EJECUTORIA en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, a la sentencia No. 00022/2014, dictada por el Juzgado de Primera Instancia No. 93 de Madrid, España, el 20 de enero de 2014, en el Procedimiento de divorcio por mutuo acuerdo No. 798/2013, que declaró disuelto el matrimonio contraído en fecha 05 de abril de 2008, por los ciudadanos RENATA LIUZZI FERNÁNDEZ y OLIVER MARCEL SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, titulares de la cédula de identidad No. V-16.192.395 y V-14.427.162, respectivamente.´