Visto el escrito de promoción de pruebas presentado, la abogada GIOCONDA VICTORIA NOVELLINO BLONVAL, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 15.807, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil INSTITUTO DE ESTUDIOS HUMANOS AVICENA, C.A., suficientemente identificada en autos, parte recurrente en la presente causa; y por la abogada MICHELLE NATALY KING ALDREY, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 138.285, actuando en su carácter de apoderada judicial del MUNICIPIO BARUTA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, parte recurrida en el presente juicio; pasa este Juzgado Superior a pronunciarse sobre la admisibilidad de las mismas en los términos siguientes: