Se dictò Sentencia Interlocutoria, mediante la cual se declarò: INCOMPETENTE para conocer de la demanda de divorcio fundamentada en el artículo 185 ordinal 2º del Código Civil, incoada por la ciudadana MARTHA EMILIA GARCIA NOVOA contra su cónyuge RAMÓN VICENTE ARENAS HIGUERA, y declina su conocimiento en un Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; ordenando la remisión del expediente en su forma original, a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D) del Circuito Judicial correspondiente.
Publíquese y regístrese la presente decisión, dejándose copia certificada de la misma en el copiador de sentencias interlocutorias llevado por este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción J.....