Se dictó sentencia Interlocutoria con Fuerza De Definitiva mediante la cual se declaró INADMISIBLE la presente solicitud de Divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, presentada en fecha 15 de mayo de 2014, n por la Iraimar Velásquez Padrón actuando en su carácter de representante judicial de Carlos José Díaz Fernández.-