este JUZGADO CUARTO SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la abogada AGUILAR MARÍA IPSA N° 270.573, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual apela, de la decisión proferida por el Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circunscripción Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas; SEGUNDO: SE REVOCA el auto de fecha veintidós (22) de febrero de dos mil dieciocho (2018), proferido por el tribunal de la a quo conforme al cual se escucha el presente recurso de apelación.