Por las argumentaciones realizadas con anterioridad, este Juzgado Trigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE por la materia, y en virtud de ello declina la competencia a un JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE ESTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL. A los fines de que sea distribuido, al Juzgado Superior Contencioso Administrativo que le corresponda conocer de la presente causa, se ordena la remisión del mismo a la UNIDAD DE RECEPCION Y DISTRIBUCION DE DOCUMENTOS DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL. (URDD-CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO). Líbrese el correspondiente oficio.-