Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la actora, en contra de la sentencia dictada en fecha 03 de abril de 2008, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio de esta misma Circunscripción Judicial. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por José Becerra en contra de de Inversiones Aikido 2004, c.a. e Inversiones F-2003 c.a. (Restaurant Viva Vino, Wine Bar), en consecuencia, se condena a ésta última al pago de los conceptos condenados en la parte motiva del presente fallo y en base a los parámetros de la experticia complementaria del fallo ordenada a realizar por este Tribunal Superior. TERCERO: Se confirma el fallo apelado. CUARTO: se exonera a la parte actora del pago de c.....