Así las cosas, este Tribunal por las razones de hecho y derecho que anteceden NIEGA la solicitud de medida preventiva de embargo y medida preventiva de prohibición de enajenar y gravar bienes muebles de la demandada, ambas solicitadas por el apoderado judicial de la parte actora. Y ASI SE ESTABLECE.
CUARTO: En relación con la solicitud de la parte actora en cuanto a que este Juzgado oficie a la Superintendencia de Bancos a objeto de determinar en cuales instituciones financieras posee alguna cuenta la parte demandada con indicación del número de cuenta y montos disponibles, esta Juzgadora considera que siendo que la presente causa se encuentra en fase de sustanciación no le es dado solicitar tal información, aunado al hecho que la parte actora no ha aportado pruebas que conduzcan a afirmar que existe un peligro en el retardo que si el derecho existiera, serían tales las circunst6ancias que harían verdaderamente temible el daño inherente a la no satisfacción del mismo. En consecuenci.....