III
DISPOSITIVA
Con fuerza en los fundamentos de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR la presente demanda por INTERDICTO RESTITUTORIO intentada por la ciudadana VERIUSKA ALMEIDA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-10.523.762, asistida por el abogado EDUARDO JOSÉ GUTIÉRREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 124.609, en contra de la ciudadana TIRSA GUILLERMINA SEGURA IBARRA, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en Barquisimeto Estado Lara y titular de la cédula de identidad N° V-3.085.309.-
Se condena en costas a la parte actora, por haber resultado vencida en este proceso.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.....