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Decisiones del dia 21/07/2014

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Décimo Cuarto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP21-S-2014-002801 N° Sentencia : Fecha: 21/07/2014
Procedimiento:
Oferta Real De Pago
Partes:
BAR RESTAURANT LA CHALANA, C.A., A FAVOR DE LA CIUDADANA ZEIDY ROMERO CHIRINOS
Resumen:
Planteada así la situación este Tribunal revisado el contenido del documento suscrito, observada la debida asistencia y representación jurídica y la relación circunstanciada de los hechos que la motivan y de los derechos en ella comprendidos, al no encontrarse vulnerados derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, es por le imparte la debida HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1.713 y 1.718, del Código Civil y 255 del Código de Procedimiento Civil, aplicables en los términos del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, así como en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo de las Trabajadoras y los Trabajadores. En consecuencia se da por concluido el proceso, contentivo de la Oferta Real de Pago realizada por la entidad de trabajo BAR RESTAURANT LA CHALANA, C.A., a favor de la ciudadana ZEIDY ROMERO CHIRINOS, plenamente identificados en autos. Así se decide.
Juez/Ponente:
Alba Torrivilla
Organo:
Juzgado Décimo Cuarto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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N° Expediente : AP21-S-2014-002376 N° Sentencia : Fecha: 21/07/2014
Procedimiento:
Oferta Real De Pago
Partes:
S.C. JOHNSON & SON DE VENEZUELA, A FAVOR DE LA CIUDADANA DAULIS MILLAN HERCULES
Resumen:
Siendo así, considera el Tribunal que el Desistimiento del procedimiento implica la pérdida del interés de la parte actora en seguir con la tramitación del presente asunto, requiriéndose que quien desista esté debidamente facultado para dicho acto y que no se trate de materia de orden público o donde exista una prohibición expresa de hacerlo. En este sentido y en cuanto a la cualidad y facultad de la abogada Johana de la Rosa, se evidencia de instrumento poder consignado a los folios 15 al 20 del expediente, que la oferente le otorgó expresa facultad para Desistir, con lo cual, la mencionada apoderada judicial tiene expresa cualidad y facultad para desistir del presente procedimiento. De igual manera evidencia esta Juzgadora que el Desistimiento formulado no vulnera normas de orden público ni es contrario a las buenas costumbres, ni tampoco está prohibido por ley; razón por la cual este Tribunal declara HOMOLOGADO el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO de Oferta Real de Pago interpuesto .....
Juez/Ponente:
Alba Torrivilla
Organo:
Juzgado Décimo Cuarto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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