Visto el escrito de promoción de pruebas presentado por ENDERSON GERARDO GASTÓN OROPEZA, titular de la cédula de identidad número V-21.115.149, (parte querellante), asistido por el abogado Guillermo Alvarado, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 185.406, actuando en su carácter de Defensor Público, en fecha 8 de agosto de 2017, en el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto contra el CUERPO DE POLICÍA NACIONAL BOLIVARIANA (C.P.N.B.) (parte querellada), contenido en el expediente Nº 07670, pasa este Juzgado Superior a pronunciarse sobre la admisibilidad de las mismas en los términos siguientes:
DE LAS PRUEBAS PROMOVIDAS POR LA PARTE QUERELLANTE
(ENDERSON GERARDO GASTÓN OROPEZA)
Del Mérito Favorable
En relación al contenido del Capítulo I, en el cual el querellante invoca el "valor y mérito de los autos", estima este Tribunal que la jurisprudencia ha establecido que invocar el mérito favorable de los autos no constituye pr.....