Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara lo siguiente:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión contenida en la demanda propuesta por la Sociedad Mercantil CASA BLANCA BIENES Y RAICES, C.A.; en representación de la comunidad de propietarios de Residencias Doral.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada al pago de la cantidad de DOS MIL CIEN BOLÍVARES CON QUINCE CENTIMOS (BsF. 2.100,15), por concepto de cincuenta y seis (56) cuotas de condominio insolutas desde el mes de agosto de 2002 hasta el mes de marzo de 2007.
TERCERO: Se ORDENA una experticia complementaria a la presente decisión, para el cálculo de la corrección monetaria o indexación de la cantidad adeudada por la demandada, desde fecha en la que la presente decisión resulte definitivamente firme.
CUARTO: Se niega el cob.....