DISPOSITIVA
		Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo en Función de Juicio del Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: NIEGA EL CESE DE LA MEDIDA DE COERCIÓN PERSONAL que pesa sobre el ciudadano SAID JOSE MIRANDA  titular de la cedula de identidad Nº 17.140.150, ampliamente identificado, de conformidad con lo establecido en el articulo 244 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECIDE EXPRESAMENTE.
	Regístrese, Diarícese, notifíquese lo conducente a las partes, a los fines legales consiguientes. CÚMPLASE.-
LA JUEZ 
DRA. MARILDA RIOS HERNANDEZ
									LA SECRETARIA
							           ABG.  LUISA LAYA.
		
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado por este Juzgado.
									
LA SECRETARIA
							                ABG. LUISA L.....