Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados Carlos Aponte y Adid Centeno, en su condición de apoderados judiciales de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 04 de agosto de 2011 por el Juzgado Noveno (9°) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial Laboral. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales interpuesta por el ciudadano ANDRES ANTONIO VEGA ROSALES, contra la empresa DISTRIBUIDORA DE PUBLICACIONES CAPRILES, C.A ( DIPUCA) y ULTIMAS NOTICIAS., TERCERO: SE CONFIRMA el fallo apelado. No hay condenatoria en costas.