declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de DESALOJO, intentada por la sociedad mercantil INVERSIONES CORALUPE C.A; en contra del ciudadano WILLIAMS ALGARA RODRIGUEZ, ambos identificados al inicio de este fallo.
SEGUNDO: Se ordena el desalojo del inmueble objeto del contrato de arrendamiento hoy accionado y en consecuencia la entrega a la parte actora del inmueble destinado a vivienda, distinguido con el N° 33, Piso 4, del edificio Primavera, ubicado en la Avenida Francisco de Miranda, de la Urbanización Chacao, del estado Miranda, en perfecto estado de conservación y mantenimiento totalmente libre de bienes y personas.
TERCERO: Se condena a la parte demandada a pagar a la parte actora la cantidad de SETECIENTOS VEINTE BOLIVARES SOBERANOS (BSS. 720,00), con motivo de las mensualidades demandadas como insolutas, correspondientes a los meses de Septiembre del 2014 hasta Octubre de 2017.
CUARTO: Dada la naturaleza del fallo, no hay especial condenatoria en costas con a.....