DISPOSITIVA
En fuerza de lo expuesto, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: CONCEDE FUERZA EJECUTORIA en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de divorcio dictada en fecha 14 de mayo de 2013, por el Tribunal del Circuito Judicial Onceavo en y para el Condado de Miami-Dade, Estado de Florida, División Familia, Estados Unidos de Norteamérica, que decretara la disolución del vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos ALDO JOSE SIMONE GURDIEL y MARISELA BERTORELLI, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.021.933 y V-5.312.472, respectivamente.