DISPOSITIVA
Por las razones tanto de hecho como de derecho anteriormente expuestas este JUZGADO SUPERIOR CUARTO (4º) DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Vista la solicitud de revisión de sentencia solicitada por la parte actora ciudadanas; KELLYS DAYANA LA ROSA SALCEDO y GUADALUPE DEL VALLE TORRES JIMÉNEZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo los números: 130.024 y 313.013. Respectivamente apelantes, se declara CON LUGAR. SEGUNDO: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 7 de Mayo de 2025, por los ciudadanos, JUDITH MILLAN DE LEON, ALBERTO COLMENARES AREVALO, SIN SUN LEON RAMIREZ y JUAN CARLOS ZAMORA PEREZ, en su condición de apoderados judiciales de la parte demandada, Abogados en ejercicios e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado.....