En mérito de las anteriores consideraciones, esta Juez Unipersonal N° 12 del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente acción de Cumplimiento de Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana DAIZA DECENIA LÓPEZ OLIVERO, de Nacionalidad Venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-6.097.875, en nombre e interés de sus hijos los niños, de Once (11) años de edad, , ambos de Ocho (08) años de edad respectivamente, en contra del ciudadano FREDY ALBERTO ZAVARCE CASTILLO, de Nacionalidad Venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-6.376.761.