Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la solicitud de amparo constitucional interpuesta por el abogado ENRIQUE ARGENIS ZABALA MARTÍNEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 17.030, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano ÁNGEL RAFAEL TRUJILLO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 4.461.791, en contra de la presunta abstención o conducta omisiva del SERVICIO ADMINISTRATIVO DE IDENTIFICACIÓN MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA -SAIME-.