PRIMERO: Declarar en rebeldía al joven, (IDENTIDAD OMITIDA) MIGUEL, titular de la cedula de identidad Nº 18.749.680, residenciado en: Urbanización San Antonio, vereda tres, casa Nº 53 El Valle. Caraca , y de conformidad con lo establecido en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; SEGUNDO: Oficiar a la División de Investigaciones y Protección en Materia del Niño, Adolescente, Mujer y Familia del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas a fin de que localicen, detengan y trasladen ante la sede de este Tribunal a los mencionados adolescentes; TERCERO: Oficiar a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores, adulto pesa orden de Captura, razón por la cual se le solicita los filiatorios y a fin de hacer de su conocimiento que sobre los supra mencionados adolescentes y que en caso que aparezcan como fallecidos en sus registros deberá informarlo a este Tribunal con carácter de ur.....