DECISION
Por las razones anteriores, este Juzgado Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le otorga la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA, interpuesta por la Sociedad Mercantil INVERSIONES 17-03 C.A., contra la Sociedad Mercantil I.T.C. INTERNATIONAL TRADE CENTER VENEZUELA. C.A.-
SEGUNDO: Se ordena el desalojo del inmueble constituido por una OFICINA de cien metros cuadrados (100 Mts2) aproximadamente, distinguida con el Nº 329, ubicada en el piso 3, Primera etapa (Pirámide Invertida) del Centro Ciudad Comercial Tamanaco, Jurisdicción del Municipio Chacao del Estado Miranda, y el mismo debe ser entregado a la parte actora totalmente desocupado de bienes y personas.-
TERCERO: Se condena a pagar la cantidad de DIEZ BOLIVARES SOBERANOS CON CINCUENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs.S 10,56) por daños y perjuicio.-
CUARTO: Igualmente se condena .....