INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por los abogados ENRIQUE TROCONIS SOSA, apoderado judicial de la parte demandada, por una parte, por la otra, el abogado LUIS MIGUEL URBINA CASTRO, en su carácter de co-apoderado judicial del MUNICIPIO BARUTA DEL ESTADO MIRANDA, y por el ciudadano MICHAEL JOSEPH ATTARA JAMIESON (cedente), debidamente asistido por el abogado JOÉ MANUEL SALAS, en el juicio que por PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, incoara el ciudadano JOSE ATTARA TAHAN (†), sustituido procesalmente por la cesionaria, sociedad mercantil TRANSPORT OF LUXURY SPIN WORLD, C.A., contra la sociedad mercantil VENEZOLANA DE BIENES, S.A. (VEBISA); por cuanto el valor de la demanda no supera el monto exigido para acceder a sede casacional. Y ASÍ SE DECLARA.