Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con Lugar la demandada incoada por la ciudadana MARIA NOUEL PAUL contra la sociedad mercantil DIAGEO DE VENEZUELA C.A. (antes GUINNESS UDV VENEZUELA C.A) por cobro de Prestaciones Sociales, condenándose a la parte demandada a cancelarle a la parte actora las cantidades y conceptos que se detallan en la motiva del presente fallo.
SEGUNDO: Se ordena la práctica de experticia complementaria del fallo, en base a los términos y parámetros contemplados en la parte motiva de la presente decisión.
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.