PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado LUIS VELASCO, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora en fecha 22 de Enero de 2008, contra la decisión dictada por el Juzgado Décimo de Primera de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 17 de Enero de 2008, en el juicio seguido por la ciudadana MIRTA FELICITA SALDIVAR GUEYRAUD contra COMPUSERMAN INTERNACIONAL, C.A. (sin mas datos aportados) y COMPAÑÍA ANONIMA NACIONAL TELEFONOS DE VENEZUELA (CANTV). SEGUNDO: CONFIRMA el auto apelado. TERCERO: No hay especial condenatoria en costas. CUARTO: Se ordena la notificación por oficio al Procurador General de la República, con inserción de copia certificada de esta decisión, en consecuencia, los 30 días continuos de suspensión a que se refiere el artículo 95 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República se computarán a partir de la certificación por S.....