Por lo antes señalado es menester de este Juzgado declarar la improcedencia del reclamo presentado por la representación judicial de la parte demandada contra la experticia complementaria del fallo realizada en fecha 18 de noviembre de 2011, por el licenciado Jose Herrera y se condena a la parte demandada a pagar los honorarios de los auxiliares de justicia José Herrera, por la cantidad de Bs.5.472,00, y a los Eugenio Gamboa y Lenor Rivas auxiliares los cuales fueron estimados en la cantidad, Eugenio Gamboa Bs. 1.824,00 y Lenor Rivas Bs. 1.824,00.
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Vigésimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la impugnación de la experticia complementaria del fallo interpuesta por la parte demandada en contra d.....