Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que motiva este juicio, interpuesta por Sociedad Mercantil DESARROLLOS INMOBILIARIOS MARTELLE, C.A. contra Sociedad Mercantil METAL RUEDAS 93, C.A., ambas partes suficientemente identificadas ab-initio y condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Entregar a la parte actora el inmueble que se identifica a continuación: "Local identificado como local 1, ubicado en la planta baja del Edificio Vogue "A", en la Primera Transversal de Las Palmas, Frente a la Plaza Las Palmas de la Urbanización Boleita Sur, Municipio Sucre del Estado Miranda.