Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación, interpuesto por el abogado RODOLFO ANTONIO RODRÍGUEZ LANZ, en su carácter de apoderado judicial de las parte actora, respectivamente, contra la decisión dictada en fecha 17 de Noviembre del 2015, por el Juzgado Vigésimo Cuarto de Primera Instancia de Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo. SEGUNDO: CON LUGAR el Recurso de Apelación, interpuesto por la abogada ROSARIO GARCÍA DE RODRÍGUEZ en su carácter de apoderada judicial de las parte demandada, respectivamente, contra la decisión dictada en fecha 17 de Noviembre del 2015, por el Juzgado Vigésimo Cuarto de Primera Instancia de Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecuc.....