Seguidamente el Tribunal vista la exposición del notificado; a solicitud de la ejecutante y en cumplimiento de su misión declara EJECUTIVAMENTE EMBARGADO, el saldo disponible que a la fecha tiene en sus haberes el ejecutado por concepto de utilidades fraccionadas, lo cual asciende a la suma de Bs.7.436,79, hasta cubrir la cantidad de CUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs.4.488,00) e impone al notificado de la obligación en que se encuentra de elaborar cheque, a favor de la parte ejecutante por la cantidad ejecutivamente embargada, lo cual procedió a realizar, y a tal efecto se libró cheque, a favor de la ejecutante, MICHELLE JOAN HERRERA, signado con el Nº.08712548, contra la cuenta corriente N°0108-0034-02-0100109463, cuyo titular es DIVISIÓN 365 SEGURIDAD, A.C., de la entidad bancaria BANCO PROVINCIAL, por la cantidad de CUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs.4.488,00), el cual fue recibido conforme por la ejecutan.....