Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución N° 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA PENA PRINCIPAL CORPORAL, al ciudadano DESANTIAGO HERNANDEZ FRANCISCO, titular de la cédula de identidad N° 3.835.216, natural de Guanare, Estado Portuguesa, nacido en fecha 11-05-51, Albañil, domiciliado en el Barrio Cuatricentenario, Escalera 3 al lado de la Bodega las Margaritas, Petare Caracas Distrito Capital. Por cumplimiento de la misma, por la comisión de los delitos de Robo Agravado, en Grado de Frustración previsto y sancionado en el Artículo 460 del Código Penal en concordancia con el articulo 80 ejusdem, y por el delito de Porte Ilícito de Armas, previsto en el articulo 278 del mismo Código, en perjuicio del ciudadano Etervio de Jesús Pérez Ortega, quedando sujeto a las penas accesorias de ley, hasta el 11.....