Se dictó y publicó Sentencia Definitiva Declarando Con Lugar la Cuestión Previa relativa a la prohibición de Ley de admitir la demanda alegada por la parte demandada en la presente causa y en consecuencia Extinguido el Proceso de conformidad con lo establecido en el artículo 356 del Código de Procedimiento Civil.- De conformidad con lo establecido en el artículo 274 ejusdem, se condenó en costas a la parte demandante perdidosa.-