-IV-
DISPOSITIVO
Por las razones y consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de hecho interpuesto por el abogado RODOLFO BECERRA FARÍAS, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana, ERIKA CARVALLO VALERA, en contra del auto pronunciado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha quince (15) de febrero de dos mil trece (2013), que negó el recurso de apelación interpuesto el día diecinueve (19) de diciembre de dos mil doce (2012), por el abogado antes señalado, en contra de la sentencia dictada por ese mismo Juzgado de de Primera Instancia, el once (11) de julio de dos mil ocho (2008), en el .....