se repone la causa al estado de nueva admisión de la presente demanda, por lo que se pasa a dictar un nuevo auto de admisión en los siguientes términos:
Visto el anterior libelo de demanda, así como los recaudos que la acompañan, presentados por el ciudadano GUIDO JOSÉ QUERALES TIGRERA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 5.723.665, debidamente asistido por el abogado OSCAR DAMASO, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 170.206, por cuanto no es contraria al orden publico, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa en la Ley, este tribunal la ADMITE, cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, emplácese a la parte demandada HEBERTO FERNÁNDEZ MORÁN, venezolano, mayor de edad de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 1.715.467, para que comparezca por ante este Tribunal, ubicado en el Edificio José Vargas (CTV) piso 12, a las diez y treinta de mañana (10:30a.m) del QUINTO (5º) día de despacho siguiente a la constan.....