DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos esta Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por el Abg. FRANKLIN USECHE en su carácter de defensor, con fundamento en el artículo 447 ordinal 5 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la Decisión dictada en fecha 24/03/06, por el Juzgado Cuadragésimo Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, a cargo de la Dra. Migdalia Maria Añez González, mediante la cual Negó la Medida Alternativa de la Prosecución del Proceso solicitada por el apelante en favor del ciudadano Frankilin Diaz Gil. En consecuencia pasa a resolver el fondo del asunto planteado dentro del lapso previsto en el Primer Aparte del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese y diarícese.