De conformidad con lo establecido en el Articulo 331 Numeral 5 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena la Apertura a juicio del ciudadano DENNYS RAFAEL CAZORLA RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 11.852.184
Se emplaza a las partes para que en un plazo común de cinco días, concurran ante el Juez de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas.
Se instruye a la Secretaria a remitir al Tribunal competente la documentación de las actuaciones; así como todo lo relacionado con la causa.