Con fundamento en lo anterior, es forzoso acogiendo la Jurisprudencia de la Sala Constitucional y Sala de Casación Social, este Juzgado Trigésimo Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley SE DECLARA INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer del presente caso y expresa que dada la naturaleza del reclamo y vista las Sentencias in comento, declina el conocimiento en los TRIBUNALES DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y EL ADOSLECENTE . y ORDENA remitir el presente expediente en la oportunidad respectiva al Juzgado (Distribuidor) de Protección del Niño y del Adolescente del área metropolitana de caracas, a los fines de ley.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Trigésimo Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judi.....