(...) DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano ANGEL JESÚS PRATO ESPINOZA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V- 13.833.332, en contra de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO EL HATILLO DEL ESTADO MIRANDA, por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, en consecuencia, se ordena a la demandada al pago de los conceptos que se expusieron con detalle en la parte motiva de la presente decisión. Se ordena realizar una experticia complementaria del fallo a cargo de un experto, a los fines de cuantificar y determinar económicamente la condena según las especificaciones contenidas ut supra.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
Se ordena la notificación del Síndico Procurador del MUNICIPIO EL HATILLO DEL ESTADO MIRANDA.
Por aplicación analógica de acuerdo a lo dispuesto en la norma del artículo 11 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 248 del Código de Procedim.....