PRIMERO: INADMISIBLE la Demanda de Nulidad interpuesta por el abogado Ángel Flores en su condición de apoderado judicial de la empresa CALOG NOMINA C.A. contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa N° 325-12 dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas en el Expediente N° 027-2011-01-02894, mediante la cual declaró Con Lugar la solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos presentada por el ciudadano Juan Carlos Portillo Núñez titular de la Cedula de Identidad Nº V-13.084.468.
SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas.