Se dicto sentencia definitiva mediante la cual este tribunal declara CON LUGAR la solicitud de divorcio interpuesta.
En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos JUAN CARLOS ANGULO QUERECUTO y MARÍA ALEJANDRA GUTIÉRREZ CHONG, el cuatro 4 de julio de 1990, ante el Juzgado Segundo de Parroquia del Distrito Federal, Circuito Judicial Nº 2, asentado bajo el Acta N° 73, en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados durante ese año por ese Despacho.
A los fines previstos en los artículos 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil y 506 del Código Civil, se ordena librar oficios al actual Juzgado de Municipio del Municipio Vargas del Estado Vargas, anteriormente denominado "Juzgado Segundo de Parroquia del Distrito Federal, Circuito Judicial Nº 2"; al Registro Civil del Municipio Vargas del Estado Vargas, con sede en Maiquetía y al Registro Principal Civil del Estado Vargas; así como a la Oficina Regional de Registro Civil (Estado Vargas).....